Les informamos de las siguientes novedades en respuesta a la Alerta Sanitaria
BAJAS MÉDICAS POR CONTAGIO O AISLAMIENTO OBLIGATORIO. –
Con respecto a aquellas empresas que se vean afectadas por un contagio o la obligación de un trabajador a seguir un periodo de aislamiento por contacto con algún contagiado (esto se tiene que acreditar documentalmente), se procederá de la siguiente manera:
Acudir al centro de salud a que el médico de cabecera emita la baja médica por el motivo que se acredite en cada caso. Facilitar los partes de baja a la empresa y ésta a la asesoría para su tramitación. A partir de este
momento, seguir las indicaciones de los médicos. En estos casos, continuará la obligación de cotizar la seguridad social de los trabajadores, y éstos percibirán el 75% de su sueldo bruto mensual.
EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL (ERTE).-
En el caso de que la empresa se vea obligada a prescindir temporalmente de algún trabajador o de todos, habría que presentar un procedimiento a la Autoridad Laboral para que ésta, en un plazo de 5 días, autorice la suspensión temporal de la relación laboral con las siguientes consecuencias:
• Los trabajadores acudirán a la oficina de empleo a solicitar el desempleo (siempre que tengan cotizaciones en los 360 días previos).
• Las empresas continuarán cotizando a la seguridad social la parte correspondiente a la empresa, restando la cotización del trabajador que supone aproximadamente un 15% de las cuotas totales habituales
• Estos procesos tendrán una duración temporal, llegada la fecha de fin dictada en la autorización, los trabajadores se reincorporan o, si es necesario, se vuelve a solicitar nuevamente el mismo procedimiento, hasta poder volver a la normalidad de la actividad.
EN MATERIA FISCAL, SE HA PUBLICADO LO SIGUIENTE.-
“El Gobierno, para evitar posibles tensiones de tesorería de autónomos y pequeñas y medianas empresas, flexibiliza los aplazamientos del pago de impuestos durante un periodo de seis meses, previa solicitud, con bonificación en los tipos de interés.” Esta medida, hasta el momento se desconoce cómo se aplica, si es de oficio o hay que solicitarla.
Esta información ha sido proporcionada por nuestros asesores de DEZMAR Consultores.