El concepto jurídico de residuo viene planteando grandes controversias. La presente Sentencia aborda un tema novedoso como es el traslado de aparatos electrónicos defectuosos o sin embalar.
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 4 de julio de 2019 (cuestión prejudicial de interpretación), sobre el Reglamento (CE) 1013/2006, de traslados de residuos (art. 2. 1, concepto de “traslado de residuos”); y, la Directiva 2008/98, relativa a los residuos (art. 3.1, concepto de “residuo”)
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia
El Tribunal de Apelación de La Haya (Países Bajos) solicitó al Tribunal de Justicia aclaración sobre determinadas cuestiones relacionadas con la normativa europea de residuos antes de resolver el recurso de apelación interpuesto por la sociedad Tronex BV, mayorista de restos de existencias de artículos electrónicos, contra la Sentencia penal de primera instancia que le condenó por trasladar supuestamente un lote de residuos desde los Países Bajos hasta Tanzania incumpliendo el Reglamento 1013/2006, esto es, sin notificar ni obtener autorización previa del traslado. La partida controvertida estaba compuesta principalmente por planchas a vapor, ventiladores y hervidores eléctricos con su embalaje original, al haber sido retirados por el vendedor, aunque algunos productos carecían de envase y procedían de devoluciones de consumidores por defectuosos.