En España, el ejercicio de determinadas profesiones establece el requisito de que el profesional debe visar obligatoriamente sus proyectos. Esto es así para profesionales tales como ingenieros, arquitectos, etc.
En el caso de los ambientólogos puesto que los visados no son exigidos por la administración, aunque sí que haya legislación autonómica al respecto (ver listado de proyectos), es altamente recomendable en el caso de que se realicen proyectos (tales como estudios de impacto ambiental, estudios de paisaje, planes técnicos, etc.), ya que éstos serán estudiados, valorados y visados por el Colegio Profesional de Ciencias Ambientales.
El visado, por tanto, constituye una garantía para el cliente (y para la sociedad) en torno a la calidad y viabilidad de los proyectos, además de que otorga al ambientólogo la justificación de que se ha realizado con todos los requisitos legales, evitando problemas jurídicos, como por ejemplo, posibles impagos por parte del cliente.