Durante los primeros meses de 2013 desde el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente se está trabajando en el Anteproyecto de Ley de Evaluación Ambiental, una norma que será de vital importancia para el ambientólogo que se desarrolla profesionalmente como Técnico en Evaluación de Impacto Ambiental.
Algunos de los aspectos más relevantes que se están barajando son:
Se unifica en una sola norma el régimen jurídico de la evaluación de planes, programas y proyectos, que hasta ahora se encuentra recogido en dos leyes: la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente y el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.
Se elimina «de facto» el documento ambiental en los casos de evaluación de impacto ambiental discrecional, ya que queda a elección del promotor su presentación.
Se establecen obligaciones en tiempos de análisis y resolución para la Administración, pero sin la asignación de medios humanos ni tecnológicos asociados.
Se mantienen descripciones de proyectos/actividades en los anexos sin rangos de cantidades o capacidades de producción/tratamiento (en apartado de caso por caso), con la consecuente carga administrativa en la apertura de cierto tipo de instalaciones que llevan años con decisiones de no EIA en la mayoría de expedientes (Ejemplo: almacenamientos de chatarra).
No realiza integración con la modificación de la Ley 16/2002 IPPC, recién aprobada.
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